BRASIL
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Definiciones
de maquinaria móvil
no de carretera
En Brasil la Resolución 433 (2011) del Consejo Nacional de Medio Ambiente fue la primera en establecer límites de emisión y ruido para maquinaria agrícola y de construcción. Esta regulación establece límites de emisión equivalentes a tecnologías Tier 3 de los Estados Unidos y Stage III de la Unión Europea (DieselNet, 2019). De manera general, las regulaciones brasileñas clasifican a su maquinaria fuera de vía como máquinas agrícolas y de construcción las cuales son definidas de la siguiente forma:
- Máquina agrícola: máquina autopropulsada con ruedas u orugas, que tiene equipos o accesorios diseñados principalmente para realizar operaciones de preparación del suelo, siembra, tratamientos culturales, recolección de productos agrícolas y forestales.
- Máquina de construcción: máquina autopropulsada con ruedas, orugas o patas, que tiene equipos o accesorios diseñados principalmente para realizar operaciones de excavación de zanjas, excavar, cargar, transportar, dispersar o compactar tierras y materiales similares.
Nota: Es importante resaltar que no se identificó una definición expresa para la Maquinaria Móvil no de Carretera sino para maquinaria de ciertos rubros.
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Principales instrumentos
regulatorios para la reducción
de emisiones MMNC
En la Tabla 1 se presenta una recopilación de diferentes tipos de instrumentos identificados en Brasil para el control de la contaminación atmosférica generada por la MMNC.
Tabla 1
Marco normativo e identificación de herramientas para reducción de emisiones de MMNC – Canadá.
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Estándares de emisión
de contaminantes
atmosféricos
Para las maquinarias de construcción y agrícolas en Brasil, la normativa PROCONVE MAR-1 dicta los estándares de emisión con los que deben cumplir para operar en el territorio nacional. La normativa estableció límites de emisión equivalentes a los estándares norteamericanos Tier 3 y estándares europeos Stage IIIA. En la siguiente tabla se especifican para cada tipo según su potencia de motor.
Tabla 1
Marco normativo e identificación de herramientas para reducción de emisiones de MMNC – Canadá.
La Resolución 433 del 2011 (Consejo Nacional de Medio Ambiente, 2011) también establece de manera general que:
- Las emisiones de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y el material particulado (PM) deben cumplir con la norma ISO 8178-1.
- El nivel de potencia acústica debe medirse en las condiciones establecidas de acuerdo con la NBR-NM-ISO 6395, y no debe exceder el nivel permisible Lwa en dB (A) / 1 pW especificado en el Anexo de la Resolución 433 del 2011 con relación con la potencia neta instalada en kW.
- La potencia neta instalada debe determinarse según se define en la norma ISO 14396: 2002.
- El combustible de referencia para la prueba de homologación será, para la Fase MAR-I, regulado por la Agencia Nacional de Petróleo, Gas y Biocombustibles-ANP.
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Requisitos de
importación y procesos
de homologación
Según la Resolución No. 433 del Consejo Nacional de Medio Ambiente (2011), los artículos 3 al 8 establecen los requisitos para la importación de maquinaria agrícola y de construcción lo cuales son:
- Establecimiento de límites máximos de emisión de contaminantes para motores de ciclo diésel, previstos en el Cuadro I del Anexo A de esta Resolución para maquinaria agrícola y de construcción nueva, de origen nacional e importada, definidas a través de los códigos de la Nomenclatura Común Mercosur-NCM según el Anexo B de esta Resolución.
- Los motores con potencia igual o superior a 19 kW para maquinaria agrícola y de construcción nacional e importada, comercializados en Brasil, deben cumplir con los límites máximos de emisión definidos en la Tabla I del Anexo A de esta resolución y las fechas establecidas en el artículo 4.
- Según el artículo 7 de la Resolución, sólo se podrán comercializar modelos de maquinaria agrícola y de construcción, nacional o importada, que cuenten con la LCVM – Licença para Uso da Configuração de Veículo ou Motor, expedida por IBAMA.
- Las máquinas viales deberán cumplir con los límites máximos permisibles de ruido que se establecen en el Anexo A de la resolución.
Por otra parte, la Licença para Uso da Configuração de Veículo ou Motor (LCVM) es un documento obligatorio que certifica el cumplimiento de la legislación sobre emisiones de vehículos (contaminantes y ruido) y permite la venta de motores, vehículos ligeros, vehículos pesados y máquinas en Brasil (2021). Para optar por esta licencia es necesario:
- Realizar la solicitud de la LCVM en el sitio web de IBAMA a través del Sistema Computarizado PROCONVE / Promot (INFOSERV) de acuerdo con los siguientes pasos:
- Acceder al Inicio de sesión de Servicios con CPF / CNPJ y contraseña, o Certificado Digital. Acceda al sistema INFOSERV.
- Solicitar la licencia en el sistema, según las modalidades: cantidades limitadas o cantidades ilimitadas.
- Completar la información solicitada, según la modalidad de licencia requerida y enviar la solicitud. INFOSERV también puede seguir el progreso del análisis del pedido.
- Cuando se otorga la licencia, el sistema generará la Guía de Pago en PDF: tasa de R $ 721,77 por emitir una declaración de cumplimiento de los límites de ruido y R $ 721,77 por emitir la LCVM por solicitud (según Orden Interministerial No. 812/2015).
- Después de realizar el pago, el usuario debe hacer clic en “Progreso de solicitudes abiertas” y hacer clic en el icono “Detalles” para generar el PDF de licencia.
IBAMA podrá eximir al importador o fabricante de la obligación de obtener la LCVM, en los siguientes casos, conforme a la Ordenanza IBAMA 86/1996 y la Resolución CONAMA No. 15/1995:
- Prototipos para pruebas de emisiones y pruebas de adaptación.
- Para pruebas de viabilidad económica.
- Adaptado para su uso por minusválidos físicos.
- Donación a entidades filantrópicas.
- Para uso de titulares de privilegios e inmunidades diplomáticas o consulares.
- Vehículos recolectores antiguos (mayores de 30 años).
- Para aplicaciones especiales (que no se puedan utilizar para el transporte urbano y / o por carretera).
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Procesos de
etiquetado
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Regulación sobre vida útil, prácticas
de repotenciación, renovación y
desintegración de la maquinaria
En cuanto a la disposición final, Brasil cuenta con la Resolución 530 que reglamenta la Ley N° 12.977 encargada de definir los lineamientos para el desmantelamiento de vehículos automotores terrestres (Consejo Nacional de El Instituto Brasileño del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (IBAMA) es la entidad que otorga la licencia para vehículos, motores o máquinas denominada como LCVM, que es el documento que certifica el cumplimiento de la legislación sobre emisiones de vehículos (contaminantes y ruido).Tránsito de Brasil, 2015; Presidencia de la República de Brasil, 2014). La Resolución establece los actores principales en los procesos de inspección de los sitios en donde se desmantelan los vehículos automotores. Por su parte la Ley 12.977, tiene por objetivo principal, combatir el comercio clandestino de repuestos (Silva, 2016), así como definir los lineamientos y especificaciones en cuanto a la chatarrización de vehículos. Los residuos generados durante el desmontaje de los vehículos deberán cumplir con los requerimientos definidos en la Política Nacional de Residuos Sólidos establecida en la Ley N ° 12.305, de 2 de agosto de 2010.
Cabe precisar que no se especifica si esta norma, de carácter general, también cubre a la MMNC.
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Requisitos de
operación y tránsito
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Procedimientos de control y
seguimiento de la MMNC
en la etapa de operación
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Actores en procesos de importación,
fabricación, registro, comercialización,
fiscalización y prácticas de fin
de vida útil de la MMNC
En la siguiente tabla se presentan los principales actores identificados en los procesos de Brasil asociados a la MMNC. A continuación de la tabla, se presentan algunos aspectos complementarios.
Tabla 1
Marco normativo e identificación de herramientas para reducción de emisiones de MMNC – Canadá.
Fuente: elaboración propia.
[…] los agentes técnicos asociados (ATC) son quienes realizan las pruebas y verificaciones necesarias para verificar que el vehículo o máquina cumple con los límites previstos en la legislación.
Importación
Consejo Nacional de Medio Ambiente: dicta los requisitos a cumplir por los vehículos de maquinaria importada y fabricada en Brasil de acuerdo con la Resolución No. 433 de 2011 (Consejo Nacional de Medio Ambiente, 2011).
Importador de vehículos para uso propio: según el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (IBAMA), personas naturales que importen motores, vehículos ligeros, vehículos pesados y maquinaria de construcción y agrícola sujeta a control de emisiones contaminantes. Luego de emitir la primera autorización, la empresa debe registrarse ante el CTF/APP en la actividad 21-43: Actividades sujetas a control e inspección ambiental no enumeradas en el Anexo VIII de la Ley No. 6.938 / 1981: Importación de vehículos automotores para uso propio y Ley No. 8723/1993. A partir de la segunda autorización, previa solicitud, se requerirá que la empresa ya esté registrada en el CTF / APP con el Certificado de Vigencia en situación regular (IBAMA, 2021b).
Importador de vehículos para comercialización: según el IBAMA, personas naturales que importen motores, vehículos ligeros, vehículos pesados y maquinaria vial y agrícola sujeta a control de emisiones contaminantes. Luego de emitir la primera autorización, la empresa debe registrarse ante el CTF / APP en la actividad 21-44: Actividades sujetas a control e inspección ambiental no enumeradas en el Anexo VIII de la Ley No. 6.938 / 1981: Importación de vehículos automotores con fines de comercialización y Ley No. 8723/1993. A partir de la segunda autorización, previa solicitud, se requerirá que la empresa esté registrada ante el CTF / APP con el Certificado de Vigencia en situación regular (IBAMA, 2021b).
Fabricación
Fabricante de maquina: Según el IBAMA, personas naturales que fabriquen motores, vehículos ligeros, vehículos pesados y maquinaria de construcción y agrícola sujeta a control de emisiones contaminantes. El fabricante deberá registrar en el CTF/APP en la actividad 4-1: Industria mecánica – Fabricación de máquinas, aparatos, piezas, utensilios y accesorios con y sin tratamiento térmico o superficial, además de contar con el certificado de regularidad debidamente expedido y al día (IBAMA, 2021b).
Agentes Técnicos Asociados de PROCONVE (ACT): los agentes técnicos asociados (ATC) son quienes realizan las pruebas y verificaciones necesarias para verificar que el vehículo o máquina cumple con los límites previstos en la legislación. Los ATC cobran por el servicio proporcionado directamente por el usuario y corresponden a las entidades: sector de homologación de vehículos de la Compañía Ambiental del Estado de Sao Paulo (CESETB) y el Instituto Tecnológico de Mauá (IMT) (IBAMA, 2021b).
Registro
IBAMA y DENATRAN: el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (IBAMA) es la entidad que otorga la licencia para vehículos, motores o máquinas denominada como LCVM, que es el documento que certifica el cumplimiento de la legislación sobre emisiones de vehículos (contaminantes y ruido) y permite la venta de motores, vehículos ligeros, vehículos pesados y máquinas en Brasil. Los procedimientos para su obtención fueron establecidos por las Ordenanzas del IBAMA No. 86/1996 e IBAMA No. 167/1997 y actualizados por normas posteriores. La licencia es un requisito para el registro de estos mismos vehículos frente al Departamento Nacional de Tránsito (DENATRAN) (IBAMA, 2021b).
Consejo Nacional del Ambiente – CONAMA: junto con el IBAMA, son los organismos competentes para establecer procedimientos de ensayo, medición, certificación, licencia y evaluación de los niveles de emisión de los vehículos, así como todas las medidas complementarias relacionadas con el control de contaminantes por vehículos automotores. Ambas instituciones deberán seguir el Programa Nacional de Control de la Contaminación por Vehículos Automotores (PROCONVE), respetando el sistema metrológico vigente en el país.
Venta
IBAMA: entidad que otorga la licencia para vehículos, motores o máquinas denominada como LCVM para permitir la venta de motores, vehículos ligeros, vehículos pesados y máquinas en Brasil (IBAMA, 2021b).
Comerciante: importador para fines comerciales de vehículos de motor, bajo la categoría INFOSERV de Transporte, Terminales, Depósitos y Comercio (código 18-78), el cual debe estar inscrito en el Registro Técnico Federal (CTF) para titular de una licencia LCVM (IBAMA, 2021a).
Control y seguimiento
Subjefatura de Asuntos jurídicos: mediante Decreto No. 6.514, de 22/7-2008, la Subjefatura de Asuntos Jurídicos prevé infracciones y sanciones administrativas al medio ambiente y establece el procesos de autoridad administrativa federal para la investigación de estas infracciones, las cuales son aplicables a la MMNC, que según el Artículo 4 de la Ley No. 8.723, de 28 de octubre de 1993, los vehículos importados estarán obligados a cumplir con mismos límites de emisión y demás requisitos establecidos para todas sus ventas en el mercado nacional (Consejo Nacional de Medio Ambiente, 1993).
Agentes Técnicos Asociados de PROCONVE: los agentes técnicos asociados (ATC) son quienes realizan las pruebas y verificaciones necesarias para verificar que el vehículo o máquina cumple con los límites previstos en la legislación. Los ATC cobran por el servicio proporcionado directamente por el usuario y corresponden a las entidades del sector de homologación de vehículos de la Compañía Ambiental del Estado de Sao Paulo (CESETB) y el Instituto Tecnológico de Mauá (IMT) (IBAMA, 2021b).
Documentos de consulta (descargables)